ingenioso silogismo, andaba discurriendo cómo se podia arreglar para (pie el lazo corredizo no acabase de correrse y no le cslrangidase lógicamente. Recordando la hazafts del nudo Gordiano, se proponía rom|>er á falta de jKtder desatar, y corlaba, como solia decirse, el hilo del argumento, negando redondamente al argumentante la proposición que este tenia por mas indudable, y á cuva negación se hallaba menos preparado. La inesperada negativa solia desconcertar ai del silogismo irresistible, y no tenia mas re* medio por de pronto que" agitarse en su asiento, toser sin sombra de catarro, y volver la cabeza en todas direcciones, corao ' preguntando á los circunstantes si no se admiraban de que se le hubiese negado una verdad tan incontestable. El caso es e! mismo. El I*e>sam!f,mo df la Naciots' habia asentado por primer hecho indudable la existencia de la cuestión dinástica: era de esperar que sus adversarios se defenderían señalando medios para estirpar dicha cuestión, ó neutralizar sus efectos, sin necesidad del enlace ron el conde de Montemolin; pero lejos de seguir este camino han tratado de cortar el hilo del argumento, negando la proposición mas indudable. Afortunadamente el l»E>s\MiK>TO se hallaba preparado para semejante negativa, y para cuantas otras les hubieran podido ocurrir á sus hábiles adversarios.
El Heraldo ha dicho: «La argumentación es hábil, pero falsa. Nosotros no reconocemos la existencia de la cuestión dinástica: resuelta por las leyes del país, por la voluntad del último rey, por el voto de los pueblos, si aun necesitaba una sanción mas solemne, la ri'cibió alta é indispensable en los campos de batalla.» Como este terreno es muy resbaladizo. es necesario mirar dónde ponemos los pies. Aun cuando quisiéramos olvidarnos de los riesgos de semejante polémica, la famosa denuncia del índice nos los recordaría elocuentemente.
Al hablar de cuestión dinástica. tomamos la palabra cuestión como un simple heclio, y separamos de ella toda idea de derecho. Mas claro: no queremos decir que ni don Icarios ni el coode de Mootemolin tuviesen razón, motivo ni prelcsto para disputar el trono á Doña Isabel M: prescindimos absolutamente del derecho, nos atenemos únicamente al hecho, y en este sentido decíamos y lo repetimos ahora, que existe la cuestión dinástica. Kl Tiempo ha notado que en algún piMie en vez de cuestión empleábamos la palabra pretensión: en esto tiene una prueoa de que al |)ensar en el conde de Montemolin no olvidábamos al fiscal de imprenta, 3UC podia muy bien tener la pretensión de enunciar nuestro periódico; inconveniente que tratábamos de obviar, satisfaciendo sobreabundnnlemcnte todos los escrúpulos dinásticos con usar indistintamente de las palabras cuestión y prel(*nsion. Confesamos ingénuamente que usamos de dicha palabra con deliberación plena, y con previsión de todo lo que podia suceder. Tomada la ¡)o.sicion conveniente, y que bajo el aspecto legal consideramos inespu;;nnble, entremos en el examen de la proposición negada.
Hay cuestión mientras hay quien dispula: las razones pueden ser mas ó menos sólidas, oms ó menos t'uliles, nulas si se quiere; pero mientras se disputa, hay verdadera cuestión. Sabido es que algunos lilosofos niegan la existencia de los cuerpos; otros se han emp<'ña(to en probar que no hay ni puede haber movimiento; y por este tenor se han escogitado sistemas estravaganles, llegándMeá fundar escuelas lamosas que los sostenían con talento digno de mejor causa. A pesar de (|ue estos sistemas repugnaban á la razón y al sentido común, jamás se ha negado que ofreciesen verdaderas cuestiones; basta abrir las obras de los ülósofos para ver que los dogmáticos al disputar con los cscéplicos, no tienen ningún reparo en emplear la palabra cuestión. Ahora bien, ¿es cierto ó no que el trono ha sido disputado en España? ¿es cierto o no <jue opinaron en favor de ()• (darlos un numero considerable de españoles? ¿es cierto o no (|ue por esta causa hemos sufrido una guerra sangrienta por espacio de siete años? ¿es cierto ó no (|ue el hijo primogénito de I). (darlos con los otros príncipes de su familia, permanecen aun en •etílud de oposición. absteniéndose de reconocer la legitimidad de Doña Isabel H? ¿es cierto ó no que se hallen en el mismo caso muchos generales de 1) Cárlos, y per- •mas de la mas elevada categoría (|uc despnesde haber servido a Fernando Vil se declararon por su hermano? ¿es cierto ó no que muchos españoles conservan en su conciencia las mismas opiniones aue profesaron duraute la guerra civil? A touo esto que es cierto, que es indudable, que es mas claro que la luz del día, llamamos nosotros cuestión diuástica. Decid ({ue estas opiniones son erróneas, infundadas, y sí queréis absurdas; decid que estas pretensiones son injustas, irracionales, y si os place criminales y traidoras; decid cuanto os parezca en la caliiicacion del hecho; pero el hecho existe, está aquí, ala vista de todos; ha costado abundantes lágrimas y torrentes de sangre, y no es imposible que en adelante los cueste de nuevo: ¿de qué sirve negar lo (|ue es evidente? Decid que la cuestión no existe |>orque está resuella por las leyes del país, por la voluntad del ultimo rey,*por el voto de los pueblos; mas para el* caso no basta nue vosotros lo digáis: para que el hecho lamentado desaparezca, es preciso que lo crean asi la familia de D. Cárlos j sus defensores. Si esto no sucede, la cuestión continúa: v por mas que la supongamos contraria á tocio derecho, no perderá sa existencia de hecho.
En la opinión del Tiempo la frase cuestión dinástica carece de sentido; la idea política que envuelve es una mentira. Jamás se han visto mentiras que se tradujesen en hechos de una manera mas formidable. ¡Frase sin sentido, lo que ha costado siete años de guerra civil!., frase sin sentido lo 3ue mantiene en inquieta espectativa á toos los españoles!...frase sin sentido, lo que hace que el trono de la Reina se halle todavía sin reconocer por la mayor parte de las potencias europeas!...Desearíamos no encontrar en un periódico grave y entendido semejantes exageraciones; y por cierto que no es á nosotros á quien dañan, antes por el contrario favorecen altamente la causa que defendemos. ¿Pues qué, el público español, la Europa, el mundo no tienen memoria, carecen de sentido común, para que á hechos tan graves, tan dolorosos, de tan formidables peligros para el porvenir, se les pueda llamar hecnos sin importancia, mentiras políticas, frases sin sentido? abandonamos esta exageración al buen juicio de los lectores; ellos le inq)OQdrán la pena que merece.
»0 nada significa, dice el Tiempo, la frase ctmtion dináitic*, ó por fuerza significa « que ia (liaastia actual de España, establecida de hecho en el pais por la voluntad y por ta Tuerza del pueblo, carece de lius sanciones; de la sanción del derecho considerado en abstracto, v de la sanción esterior v ()or decirlo asi empírica, del consenlinnento de las potencias europeas.)) Permítasenos observar que la cuestión dinástica no signitioa ni lo uno ni lo otro: si^niilica que hny una rama de la familia real (|ui! se cree con dereciiQs á la corona; (jue hay un número considerable de españoles partidarios de dicha rama: esto signilica la cuestión dinástica; para esto no es necesario elevarse á teorías; i se trata de im hecho, nada mas ({ue de un hecho; lo hemos dicho mil veces, y lo repetiremos otras mil; no permitiremos (jue se trastorne el estado de la cuestión, ni (jue se fíresentcn las cosas bajo un aspecto falso; os puntos de derecho dan lugar á disputas, los puntos de hecho cuando este es mas claro que la Iu7, del dia, como sucede en el caso presente, se hallan fuera de discusión. Para nosotros el asunto del matrimonio no tiene un interés dinástico, sino |M)litico, atendemos á consideraciones dinásticas en cuanto son hechos de consecuencias políticas: con tantas veces como hemos repetido la misma idea, creiamos que se nos habia comprendido.
El Tiempo no ha pecado en este punto por falta de inteligencia; quería llevar la cuestión á otro terreno, al del derecho dirinú do los reyes, y al de la sanción esterior de las naciones europeas. \o tenemos inconveniente en seguir á nuestro adversario en esta cuestión teórica. « Es claro, dice, que ol partido absolutista ó Icgislimista español, al sostener (|ue la cuestión dinástica no se halla resuelta y (|ue necesita de las dos sancioDes indicadas, cree y declara: primero, que el pueblo no ha tenido un derecho perfecto de delegar una parte de su solwranía en Doña Isabel II, Reina por sus esfuerzos y su voluntad: segundo, que Fernando Vil, Rey de derecho divino, tampoco lo tuvo para alterar el orden de Siucesion que llamó á su hija al trono, ron preferencia a su hermano: íercero. que el reconocimiento de las potencias del Norte y del Papa, constituyen de por sí una condición necesaria para la lej^itimacion del hecho revolucionario que ha puesto la corona en las sienes de la Reina actual: y cuarto, en lin. que esa legitimaeioD ^ sena iierfecla hasta que ol conde de Monlemolin sea llamado a compartir el cetro con su augusta prima; [tonpie solo entonces el derecho divino, cuvo principio representa el hijo de Don Carlos, purilicara con su contacto el hecho popular á que debe su advenimiento la bija de doña María Cristina de Horbun. )> Eslrañamos <pie un periódico conservador quiera resolver una cuestión de derecho público, por el principio abstracto de la soberanía nacional, y que uo haya advertido (jue con esta conducta hace la apología de don Carlos, librándole de las notas de rebelde y traidor. En electo, si el den'( lio de dofiu Isal>el II se fundase en los Ci>liu i/.os y en la voluntad del pueblo, se seguiría qué como en iH'.ili no se habia |)odido manifestar de que parte se pondrían la voluutad y los esfuerzos del pueblo, doña Isabel il oo tendría su Ululo de legitimidad, v por consiguiente, según la doctrína del Jietnpn, quedaría justilícado don Carlos a pesar de haber levautado la bandera de la guerra civil.
Otro titulo alega el Tiempo, \ cn ia \uiuntad d«'l difunto monarca, eslrañando (|ue los partidarios del derecho divino incurran en tan pal|>abie contradicción. Si el Tieutjto se toma la molestia de evamiiiar lo que se entiende |)or derecho divino, verá que DOi»e otorga a los reyes la facultad de alterar las leyes fundamentales por su sola voluntad. Precisamente en este punto los carlistas adoptaban un principio que el Tiempo no puede rechazar, so pena de ponerse en abierta contradicción con sus do4:trinas liberales. Esto es tanta verdad, que los que han defendido la legiUmidad de doña Isaliel 11 han cuidado siempre de resucitar la uicmoría de las Cortes de 17Mü, mirandobu» kxo^ condición indíspen.sablc para la validex Él» ia pragmática sanción, en (pie se funda el derecho de doña Isabel II. EstrañanM»s que el Tiempo se baya oUidadu de o.<l;i< • 'misideraciones. y que al comparar la | aica sanción de Fernando con el auti» ac(>rda' do de Felipe Y, no le baya ocurrido mas ventaja en favor de aquella <pie la de «haber sido defendida, aprobada y erigida en Contlilucioit por el tttñco poder legilimo tj autorizado en la ocasión, el poder del pais. \" tec de que hubiese C'u/Kv/i/mon, an. (pie el pais ejerciese su ))oder siquiera psr medio del Eslaialo, ¿donde estaba según Uis doctrinas del Ttem¡H), la legUiinidad de áHf fta Isabel II? ¿que suceden» dnrínte el minisleriode On Bomiuder., y en los primeros miases del de Míirtinex 'de la Rosa? Nos re|)li(Mi.i el Ttrntpn que el poder del pais se manifestó con las armas, antes qnc se manifeslase con las leyes; pero ya que de hechos so trata, deseariamos saber si Inslcvantainienfo< de Castilla y de las provincias del Norte, uraroti también en alíro en la estadística del poder «IqI pais: desearíamos saber si en esa |M»rea;riijft votación del poder del pais en que las bolas se convierten en balas, y las urnas en cañones, no podia figurar en ligo el voló de Zumalacárreíriii. apoderán-4bse de todas las provincias del Norte, arrojando sobre el Kbro al general Valdés, y obligando al gobierno de Madrid á pedir a toda prisa el socorro de la intervención estran^ícra.
No recordamos haber leido jamás en ningún escrito carlista, ni haber oído de la boca de nadie, la peregrina especie de que el reconocimiento de las potencias del Norte, y el del l'apa, fuesen condiciones índispen<;ables para la (Irme/a del derecho dinástico. Si el TiPtnjm se forma enemigos imaginarios, podrá salir fanimenle victorioso contra ellos; pero los enemigos reales y verdaderos no salílnm heridos con las cuchilla-(fos ípie descargue sobre aquellos seres fntásticos.
Estas observaciones destniyen por su basa todo el ediíicio del Tiempo, y así no hay necesidad de insistir sobre el cuarto y i^llimo corolario que impugna como doctrina de los carlistas. Kstns cuestiones de derecho publico, no se resuelven por los principios .'riístractos del derecho divino, ni de la soberanía nacional; lo que se debe hacer es examinar las leyes, las costumbres, los tratados: lo demás es ageno de (^la clase de discMíones.
Hemos defendido á los cariislas de las opiniones que les atribuye el Tiempo, porque esto era necesario para esclarecer cumplidamente la cuestión actual; por lo demas, hubiéramos podido prescindir muy bien de semejantes debales, nosotros que hemos manifestado una y mil veces el propósito de ceñirnos á las cuestiones políticas prescindiendo absolutamente de las dinásticas. Dice el Titmpo que no admite en los revea semejante derecho de 'estar disponiendo de la cosa pública como propia y personal; y nosotros le advertiremos: (jwe es falso que adnúlan semejante derecho los partidario» del derecho divino; que no le han admitido nunca, que se puede retar á «piien sostenga lo contrario a que presente ni siíjuicra un autor resjíetablc, (pie hava dado seme* jante interpretación al dereclio divino. Como quiera este argumento nada puede significar contra el autor de este articulo (jue ha tratado cslen.samenle estas materias en una obra conocida del público. [Véase el Protetr tautismo comparado con el catolicismo en sus relaciones con la cirilizacion europea desdi el cap. 48 hasta el 69).
El trono de doña Isabel II puede estar agradecido al celo del Tiempo; pero nos parece que no lo puede estar igualmente al modo con que se le dcUende. Según este periódico, «Doña Isabel II es Heina por el único derecho legítimo y perfecto (jue existe en la tierra, elquedalaóo/Mn/^^inMi//cn/f y espontánea de las naciones; porque esa voluntad cuando tiene los caracteres de la «nirrrsalidad y de la uniformidad, es la razón, y por ser la raxon es la justicia, y por ser la justicia es el den-cho en su manifestación posible y única. Fuera de ella solo hay intereses parciales, error ó usurpación, lucha de la parte contra el todo y de las familias contra las sociedades.» Si algún dia (juisiese don Carlos presentai'se a la barra de las Cortes para defender su conducta, del)eria tomar por abogado el articulista del Tiempo. Hé aquí en breves palabras el discurso (pie este debiera pronunciar ateniéndose a sus propias doctrinas.
«Señores, el augusto acusado es inocente; se le ha llamado traidor, esta es una calumnia atroz, se le ha llamado rebelde, y esla es otra calumnia. No hay traición cuando no se debe lealtad; no hay rebelión, cuando no se debe fidelidad. La lealtad y la lidelidad no se deben á los poderes que no tienen la sanción del derecho; ó que si, la tienen no la han manifestado. El hhíco derecho legitimo y perfecto que exisle en la tierra, es el dado por la voluntad inlcligenle y espontánea de las naciones; por este único derecho es Reina dofia Isabel II. Cuando el augusto acusado Icvanló la bandera de la insurrección, el Rey acababa tle morir; la voluntad inleliyen-Ic tánea de la nación no se había j»odi(ÍM lii.iiiifeslar: ¿tenia la culpa mi augusto defendido, si no la había |K)di(lo conocer? Me parece oír á un sefior diputado que dice; ¿por qué no deponía las armas cuando esta voluntad inteligenlc y espontánea se fue nía- | discordia que convendría ntuclio cslirpar.
Tam|)oco se duda de í|ue el lualrímonu) coa el conde de Monteinctlin es el miniio mas a proposito, el indicado por la uiisina nalura> íeza de las cosas; ni se duda, por tifl, de que con este enlace saldría la Espaüa del aislamiento en que se halla res|>ecto a la mayor parte de las grandes potencias europeas; pero se duda de que el inalrimonio sea rcalizaiíle sin peli^íro de reacción, sin que se vuelva, o se pretenda volver, a la época de 1832; provocándose por lauto escenas parecidas a las de <SU y 48¿3. £ste es el único ar^íumenlo que bajo diferentes formas se objeta ni mntrimoniu del coude de Montemolin; esta es la razón que iiilluye eo el animo de no pocos para que no se decidan en favor de una medida de resultados tan firandes y tan palpables. No hay prevención |)ersonal contra el augusto proscrito de Bourges: pues que ui antes ni después de luiber tomado una posiciou publica, ka hecho nada ({ue pudiese irrílar a sus advcrsaríos, ni inluodiríes siquiera recelo 6 desconfianza; pero hay prevención contra lo que el prmcipc represeula por ser hijo de Ü. Garlos, y por las doctrinas y antecedentes del partido que le apoya y que le da fuerza é importancia. Ks necesario, pues, examinar bajo lodos sus aspectos el argumento de la reacción; es preciso acercarse á ese fantasma con que se quiere aterrar a los pusilánimes, y demostrar que es uua vana sombra, producto de imagmaciones acaloradas, ó un espantajo que cuidan de abultar los nacionales y estran- - ¡ue tienen un interés eu que la Espaíi.i ^attfa nunca de la división y desconcierto ea se halla, y asi quede imposibilitada para establecer un gobierno capiiz de asentar sobre basa tirme el orden publico, y de trabajar por levantarla del abatimiento, y haceríc ocupar el puesto que le corresponde entre las naciones europeas.
Lo primero que ocurre al examinar el argamento de la reacción, es la contradicción singular en que incurren los adversarios del matrimonio del conde de Montemoliu, — ^o hay cueslion dinástica, esta es una frase sin sentido; el partido carlista es iiu(>olente; está vencido en todos los terrenos, eu el de las leyes, en el de las armas, en el de las costumbres y espirita del siglo; rechazado por las tendencias de la época, esta condenado á vivir arrastrando su existencia, sin qur nifestando? Señores, esta voluntad es la ra- 2on, y |K)r ser la razón es la justicia, y por serla justicia es el derecho. en su maniíéstacioD posible y única-, pero no se crea que disfrute siempre de tan insignes pre rogativas: esto se veriíica en un solo caso, á saber, cuando tiene los caracteres de unipersalidad y uniformidad,.\hora bien, señores, ¿debemos estrañar (jue mi augusto defendido, abrigase algunas dudas sobre la unirertalidiid y uniformidad de la rolunlad nacional en favor de doña Isabel II, cuando se veia rodea<lo de numerosos butailones de aoluníarios uue griUiban vira Carlos V, en Ifavarra, en las provincias Vascongadas, en Cataluña, en.\ragon, sin que hubiese provincia en España donde no brotasen partidas que daban el mismo gríto? Decidme, señores, no habría por lo menos algún fundamento para dudar de los caracteres de uhítersalidad y uniformidad? » Probablemente el defen.sor se vería interrumpido en su discurso a])oyado en tan falsos y peregrinos principios, bien que estendido con una lógica inliexible. Si las pasioaes estuviesen ardiendo como sucedía eo 34 V 3o, no seria imposible que el defensor fuese conducido á la cárcel pública, si es que podía salvarse de la ira popular. Nosotros deseamos sinceramente que no se vea jamas en semejante apríeto: pero deseamos también que cuando trate de defender el trono de Isabel 11 reflexione algo mas sobre lo que estampa en el pa|)el.
ronlra el matrimonin ir la Reina COR EL CONDE DE MONTEMOLIN.
tteht» ra Vkh ti dr Julio J« im y M ti <M niuno.
puMIeade cu Madrid Todos los argumentos que se han objetado al matrimonio de la Reina con el conde de Montemolin, pueden reducirse á uno solo: el temor de la reacción. No se duda sériamente de la existencia de la cuestión ó pretensión dinástica; no se duda sériamente de que esto sea un poderoso germen de pueda jamas suscitar al f^obioruu graves compromisos; la razoQ que se alega eu favor del matrimonin fundada en el número y en la importancia del partido carlista, estriba en falsos supuestos, es una mentira política, en contradicción con hechos evidentes y palpables. — Asi hahian en sustancia los que se proponen rebatir el argumento fundamental de los que apoyamos dicho enlace; pero su lcn:;uaje cambia tan pronto como quieren |>ouderar los inconvenientes que á él se oponen, y que en su concepto son una verdadera imposibilidad. Entonces la reacción es inminente; todos los intereses de la revolución están amenazados de sucumbir; todas las conquistas (|ue ella ha hecho en loscatureti últimos años, han de ser destruidas por el casamiento; el partido liberal se suicidaria accediendo a la falsa conciliación (^ue en realidad no seria otra cosa í|ue una violenta reacción. Si el partido carlista es tan débil, ¿por qué se le teme? Si su importancia social y política es nula, ¿cómo podra ejecutar sos formidables proyectos de reacción? ^surpar el trono á doña Isabel U, abolir las instituciones liberales, destruir todos los intereses creados, cambiar todos los empleados civiles y militares, perseguir cruelmente á los que han defendido á doña Isabel 11, y por lin restablecerlas cosas en el estado que tcnian cu 1, es una empresa mas que medianamente diticil, sesun parece, y no obstante, empresa tamaña creen nue.stros adversarios que pudiera acometer el partido carlista con fundadas esperanzas de llevarla á cabo. Si tanto puede un partido débil, ¿qué harán los fuertes?
La contradicción es demasiado chocante para que haya podido ocultarse á Jos lectores juiciosos. Nosotros nos content^imos con recordarla, fonnulaudola para mayor claridad en el siguiente dilema: ó el partido carlista es áebil, ó es fuerte: si es débil, como á veces decís, exageráis al ponderar los peligros de una reacción: si es fuerte, como lo indican vuestros temores, procedéis muy mal, dejándole sin esperanza, arrojándole á una estremidad que multiplica las fuerzas y la energía: la desesperación.
Ya que de contradicciones se trata, hagamos notar otra no menos singular. Los periódicos mas opuestos al enlace con el conde de Moulecnolin, o al menos los que se han señalado muy particularmente por su IWBieverancia en íiacer ia guerra al proyecto conciliador, por juzgarle morUil á las instituciones libres, son los mismos (|ue se lamentan incesantemente de que la conducta reaccionaria del gobierno baya matado la libertad en España. La de la imprenta ha desaparecido; el voto del parlamento se ve menospreciado; los hombres políticos mas notables se hallan desatendidos: desde 1843 nos ha regido la dictadura militar mas insoportable; y cuando por intrigas de corte y {)or medios ágenos del sistema constitucional y de las prácticas parlamentarias, cayó el dictador, no como caen los ministros eu los gobiernos liberales, sino como caen los validos en los gobiernos absolutos, en vez de entrar plenamente en las vias parlamentarias, se ha formado un gabinete que nada representa, (]ue es meramente personal. « Intentemos por última vez, decía el Tietnjx) en su numero del 4 4 de julio, caracterizar en una frase este ministerio indelinible. ¿Acertaremos diciendo que es un ministerio sin mas siguiiicaciou que la que tienen por 6i y ante «I, y en sits reip€clica.s familias, los seis hombres (|uc lo componen? Si la idea es exacta, nada es mas fácil que espresarla en una palabra; es un mnislerio personal.» ¿Este es el sistema parlamentario «lue nos rige? ¿esto es lo que teméis que pouria ser destruido por el conde de Monlcmulin?
En concepto de la oposición, la libertad en España es una mentira: ¿y se atreve sin embargo á manifestar serios temores por lo que apellida consquistas de la revolución en el terreno de las instituciones? Supongamos (|ue el conde de.Monteniolin Hiese tan malo y tan lor|)e que emplease toda su influencia en hacer el gobierno lo peor posible; que en la región de la [>olítica internacional comprometiese y com|)licase los intereses españoles; que en la región de la política interior dividiese ánimos, intereses y partidos; aue cobrase contribuciones sin intervención e las Cortes; (|ue mantuviese suspendido el parlamento y gobernase sin sujeción á las leyes; que oprimiese la imprenta; que alimentase con sus errores las esperanzas revolucionarias; que conservase en medio de la paz y al lado de los alardes de su fuerza los estados de sitio; que con un errado plan de hacienda produjese la anarquía fiscal; que pagase mas soldados de los (jue hubiese en servicio; que ademas y para colmo de infortunio nacional, dejase al clero y á las clases pasivas en la miseria; que uada hicie- «e en favor de la industria; que no cuidase del arroíílo de las aduanas inleriores y marítimas; qin; se olvidase do la a.ü;ri(-iil(ura, del c(»ncrcio, de la adininislracion de justicia, de la instrucción [mblica; que al intentar alguna reforma lo liiciese tan torpemente que copiase sin criterio las que existiesen j en otros reinos; (^ue se viese a los partidos i legítimos perse;^Mlldos, á los ilegítimos halagados, al partido moderado sin goles reconocidos en el poder, a los órjianos y agentes de este poder estorbando hasta por los medios mas repugnantes, la reconstitución del partido conservador; y «pie para complemento las Cortes eslrafias luchasen entre sí para vencernos y humillarnos, hasta el punto de que nuestros hombres políticos escondiesen al (in su frente jwr vergilcn/a, y se resignasen a sal)er y lamentar los males que sulrimo8 y los que nos aguardaran, ¿no les parebe á los lectores que el conde de Montemolin (piedaria lucido, y que cuantos hubiesen aconsejado enlace tan funesto, sentirían el arrepentimiento mas profundo? Sin embargo y asómbrense nuestros lectores, ni aun en este caso perderíamos nada en el cambio; aun en este caso no tendríamos mas ni menos de lo (lue hemos tenido desde 1813. El 7'i>»»- po lo uice: hé aquí sus palabras: i: «¿Cuáles son los tiliilos del acliuil niiub>U;río á la posesión y disfrule del poder pñljiico '! su liÍ!>lo* ria lo dirá, lié aquí su lii.storia. , En la región de la política internat-íonal, ó lia comprometido, v lia eoinplicndo los iiüereses es- Kiíioles: la cuestión del lualrinionio n^al y la de orna lo deinui strjo.
Fin la re-^ion de la juditica interior, lia dividido áuinuis, intirtscH y parliHos.
Cobra contribuci(mes Un aulorizacion délas Corirs.
MuiUiene $u.<ipendido el parlatnenlo y ijobierna «tu sujeción á la* leyes. ¡jj Oprime la imprettla.
Aliioeiila con sus errores las esperanzas revolucionarias.
■ í.'oii.vrva en medio de la paí, y al lado de los alardes de su fiiertu. lo» estado* de sitio Continúa la anarquía fiscal, producida por el plan de iiariciida.
I • Se pagan mas toldadus que los que hay en setTicio.
St^ued (Juro y si^^ucn las clases ¡tasivas en su miseria.
¡So han reformado los aniiiceles? ' ¿Se han resucito las cncsUones eennómícas de que dependen el desarrollo y la perfección de nii(>Alraii industrias? "■■-^ »?• »• • '•' '• ' ¿<auii»cí! «'I pi'ihlieo el nioMuiícnto de nuestro i:ouK'rtii> interior u el del estí-riur?
¿Qui'- lo debe b agrieullura?
¿Qu«'> la adiniuistrdcion de. justicia?
¿Puede aeaso rilarse como un ¡¡rojíreso el actual plan" de estudios?
; Se baila estaiderida > en iimviinienlo es;» comfdieada máquina de la adminislnrion interior, pavas riK'ilas, multiplirnda* hasta el infinito, tienen un juejío des<:oii<N ídn hasta para sus autores, mejor diremos, para los qm* la han inlro<lueidü en nuestro socio, copiánd<Ua sin criterio de i» que existe uu el vecino reiuo?
Por úlliino: i-l úrden, el sosiego, la conOaiua pi'ihlioa, ¿h:ui ^^aiiudu ul^'o con el actual ininisturiu! (Nlim.del l i de julio.)
«Un mfnlstí'rio e\lra-parlamentarlo; un parlamento arrojado de la arma dr la poHtira y ncgorioK; unas elecel'>;ips aplazadas parad. i:. de largo tiemo; un partido legitimo perseguido: otro partido ilegitimo halagado; el partido noderadoMugefcs ivc'uu(M-idos cu el |)o«ler, y los wf¡»-nos y agentes del poder estorl>ando liasLa |ior los vtedivs mas repugnantes la neciisaria t^ecoustitucion del partido con.servador. I'ant eoiu]demeulu de este diseño exacto, las Cortes cslrañas luchando entre si |)ara vencernos y íuimillarnos hasta el punto de que nuestros homhres políticos rsrondaH al fin su frente por vergüenza, y ae resignen i saber y lamentar los males que sufrimos y k^rqne nos agtardan.
K.sla situación podria ser transitoria; pero de seguro el tránsito es de lo mus terrible ^ ' roso que se puede imaginar. « ^Núin.del!■> j >.■•<>.)
Soinotcmos al juicio del lector la observa- . cion siguiente. El conde de Montemolin conduciéndose lo |M'or posible, no podria empeorar las circunstancias: entonces ¿qué peligro se corre con el matrimonio? El mal depende ó de las personas, ó de las cosas; si de las personas ¿por qtté tanta resistencia á echar mano de otras que al menos no bao dado pruebas de tamaña obcecación? Si de las cosas ¿|)or qué se niega que hay en ellas un vicio radical? Esos males que lamenta el Tiempo ¿son reales o fingidos? Si fuesen Hngidos, su oposición seria de mala fe; si son reales ¿por qué no se remedian? ¿Quién puede remediarlos? ¿Es la corle, el parlamento ó el país? Si es la corte ¿por que no los lia remediado? Si es el parlamento ¿por qué se le ha inqM'dido remediarlos? Si es el tiais ¿por qué se han puesto obstáculos á sti egítima ínlluencia? Si nada tenéis ¿qué podéis perder? Si los males han llegado a su I coimu, ¿pur (|uu inaDÍfusUiis lauto recelo de | que se ai^raven? Eslnis colocados eo la allemaliva de acusaros á vosotros mismos de mala fe, o de recouocer la fuerza de nuestras razones; elcírid, que en amlios casos j la elección es mortal para la causa qu« deiendcis.
t« ¿Es posible que eu tres años de paz se baya tenido uua obcecación como la deücrila en los párrafos cítpiadus? ¿Es concebible que lai cumulo de males se deba simplemente á voluntad torcida, ó a error del cnlendimieuto? La consecuencia le^iluna, obvia ¿no debe ser (juc bay en la misma naturaleza de las cosas alfíuu vicio radical, <|ue QO deja desenvolver las inl1uen<'ias buenas, que no permite á los poderes públicos ejercer sus funciones con re^íularidad, (pie impide al ^'obierno el salir de la mez(|utna esfera en que se aboga?
No, no son estos ó arpiellos bombrcs los que tienen la cul[>a de tantos y tan ¿graves males; el oríjíen de ellos está en el punto que nosotros liemos señalado una y md veces: está en la ílu(|ueza intrínseca del poder, que ba de retroceder a la vista de los mas pequeños obstáculos; que se ve precisado a contemporizar cou lodo linai^e de influencias; que se ve condenado a desbaratar continuas intrif^as y a urdirlas a su vez; <pie no puede obrar con el desembarazo de los gobiernos verdaderamente nacionales, ])or<]ue tiene la conciencia de su propia debilidad,